Ejército suspende porte de armas en Atlántico, Magdalena y sur de Bolívar durante 2026
La Segunda Brigada dejó sin efecto los permisos de porte en 2026 y advirtió decomisos y sanciones para quienes incumplan la restricción.
Por: Méndez Aldana Miguel
28 febrero, 2026
La Segunda Brigada del Ejército Nacional suspendió durante todo 2026 la vigencia de los permisos para el porte de armas de fuego y armas traumáticas en Atlántico, Magdalena y varios municipios del sur de Bolívar. La decisión quedó consignada en la Resolución 001 del 5 de enero de 2026 y rige desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.
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La restricción aplica en zonas urbanas y rurales. El Ejército adoptó la medida con base en el artículo 32 del Decreto 2535 de 1993 y en normas complementarias que facultan a las autoridades militares para limitar el porte cuando el orden público lo exige.
En Atlántico, la suspensión cobija a Barranquilla, Soledad, Malambo, Sabanalarga y Puerto Colombia, entre otros municipios. En Magdalena incluye a Santa Marta, Ciénaga, Fundación, Plato, El Banco y Zona Bananera, además del resto del departamento.
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En el sur de Bolívar, la medida aplica en Barranco de Loba, El Peñón, Hatillo de Loba y San Martín de Loba. Con esta decisión, el Ejército busca reforzar los controles y reducir riesgos asociados al uso indebido de armas.
La resolución establece excepciones puntuales. La restricción no aplica para miembros activos de la Fuerza Pública ni para ciertos funcionarios del Estado, como congresistas, magistrados, fiscales, procuradores, contralores, gobernadores y alcaldes.
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También excluye a entidades como la Fiscalía, la Procuraduría, la Contraloría, el INPEC, la Unidad Nacional de Protección, la Dirección Nacional de Inteligencia y Migración Colombia. Las empresas de vigilancia privada con autorización vigente también podrán portar armas dentro del marco legal.
El Ejército precisó que las autoridades respetarán los permisos especiales de alcance nacional o jurisdiccional expedidos conforme a la normativa. Sin embargo, advirtió que quienes incumplan la restricción se exponen al decomiso del arma y a las sanciones previstas en el Decreto 2535 de 1993.








